Marathón paga la indemnización impuesta por el TNAF a Héctor Vargas

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Hector Vargas Marathón
Marathón cumplió con los 200,000 lempiras que le impuso el TNAF como pago de indemnización a Héctor Vargas.

REDACCIÓN.- La Junta directiva del Marathón, cumplió con el pago que le impuso el Tribunal Nacional Arbitral de Fútbol (TNAF), en favor del exentrenador Héctor Vargas por conceptos de indemnización.

Según se conoció, el equipo ‘Verdolaga’ hizo efectivo el pago de 200 mil lempiras que le adeudaba a Vargas por terminar su relación contractual antes del tiempo estipulado.

Por lo que el Marathón tuvo que cancelar el monto acordado, o sino estaba condenado a perder puntos por incumpliendo a la orden de pago que estableció el TNAF.

De igual forma, la directiva del ‘Monstruo Verde’, respaldó su acreditación del pago a Héctor Vargas, mediante el recibo de depósito en la cuenta del estratega.

De momento,  el entrenador argentino no se ha pronunciado sobre la solvencia que realizó el Marathón a su favor, ya que anteriormente, Vargas, aseguró que la cantidad que él debe recibir alcanza los tres millones de lempiras.

Sin embargo, el argentino aún mantiene la idea de llevar este episodio hasta la FIFA para resolver la situación con el conjunto verdolaga.

Resolución del TNAF 

“Por mayoría de los votos del Tribunal, declarar con lugar el reclamo del Club Deportivo Marathón, afiliado a Liga Nacional, en contra del entrenador nacional Héctor Vargas, siendo el voto disidente del miembro Carlos Fabricio Erazo, quien considera que la petición que hace el reclamante no es un tema de competencia de este Tribunal”, notificaron mediante
comunicado.

Asimismo, agregaron. “Condenar al Club Deportivo Marathón al pago por la cantidad de doscientos mil lempiras exactos (L. 200,000.00), por concepto de indemnización de acuerdo a lo establecido en el artículo 84 del Estatuto de Liga Nacional”.

“Siendo un total a pagar de 200,000.00 sin prejuicio de los pagos por concepto de impuestos tributarios del país, y de conformidad a los establecido en el artículo 10 del reglamento del TNAF”.

“Esta resolución es inapelable y de obligatorio cumplimiento en consecuencia se otorga
un plazo de de 15 días, para que el Club Marathón, haga efectiva esta obligación. En caso
contrario se aplicarán las sanciones establecidas e el código de disciplina de la Federación de por la Comisión Nacional de Apelaciones”, cerró.

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